La Corte Superior de Justicia de Lima declaró a Gonzáles culpable de "homicidio culposo agravado" contra Christian Buitrón Aguirre y Joseph Huashuayo, quienes murieron atropellados por ella cuando conducía una camioneta en 2019
El Segundo Juzgado de Tránsito de la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJL) condenó a 6 años de prisión efectiva a Melisa Gonzáles Gagliuffi tras encontrarla culpable de "homicidio culposo agravado" en agravio de Christian Buitrón Aguirre y Joseph Huashuayo Tenorio, quienes murieron atropellados por Gonzáles en 2019. Además, se le encontró culpable de "lesiones culposas agravadas" contra Luis Vega Palacio, amigo de los fallecidos, y Vilma Gamarra Tambohuacso. Ambos también se encontraban en el lugar de los hechos motivos de juicio.
La sentencia señala también el pago de una reparación civil de 200 mil soles en beneficio de la familia de Joseph Huashuayo Tenorio, quien tenía 28 años y era estudiante de la UNI. Para efectos de cumplirse el fallo, el Poder Judicial dispuso la inmediata ubicación y captura de González Gagliuffi.
La sentencia
El juzgado llegó a dicho fallo tras concluir que Gonzáles tuvo responsabilidad directa en la muerte de las dos personas y las lesiones de los otros agraviados, tras violar las normas de tránsito correspondientes.
"Por la acción de la conductora procesada quien condujo su vehículo a una velocidad excesiva, que ante una eventualidad no le permitió controlar su vehículo, sin tener presente que la zona por donde se desplazaba es zona urbana con viviendas y afluencia de peatones. Por lo que ha infringido el principio de seguridad y manejo a la defensiva", refiere la sentencia.
Además se señala que la sentenciada "centró su atención en el problema que tenía con el conductor del taxi, descuidando su entorno", por lo que embistió a las víctimas.
"En consecuencia, la imputada ha infringido los siguientes artículos del Reglamento Nacional de Tránsito: Artículo 90 Los conductores deben en la vía pública b) circular con cuidado y prevención; Artículo 160 El conductor de un vehículo no debe conducir un vehículo a una velocidad mayor de la que sea razonable y prudente, bajo las condiciones de transitabilidad existentes en la vía, debiendo considerar los riesgos y peligros presentes y posibles", sostiene el fallo.
Por otro lado, la sentencia declaró improcedente el pedido de conversión de pena efectiva a vigilancia electrónica propuesta por la defensa de Gonzáles, y se le inhabilitó por 6 años su licencia para conducir cualquier tipo de vehículo motorizado.
Como se recuerda, Gonzáles Gagliuffi fue detenida tras cometer los hechos. Sin embargo, salió en libertad en diciembre de 2019, luego de un mes y medio en el penal Virgen de Fátima de Chorrillos. Ella debía cumplir una prisión preventiva de cuatro meses por ocasionar la muerte de los dos jóvenes en la avenida Javier Prado, en San Isidro, con su camioneta.
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