Si una expareja nos debe dinero debemos acreditar el préstamo con pruebas de que existe esta deuda y no fue liquidada de acuerdo al compromiso asumido en su oportunidad.
La abogada de familia Milagros García sostuvo que si una expareja nos debe dinero debemos acreditar el préstamo con pruebas de que existe esta deuda y no fue liquidada de acuerdo al compromiso asumido en su oportunidad.
En la secuencia Familia y Justicia, la abogada García indicó que entre las pruebas que puede presentar la parte demandante figuran mensajes de texto, whatsapp, correos electrónicos, testigos que presenciaron la entrega del dinero, audios, entre otros, como carga probatoria de que se generó esa deuda.
Anotó que en primer lugar se emplaza a ambos a una conciliación de acuerdo a la ley, previo al proceso judicial, pero si no se llega a un convenio se inicia una demanda ante el Poder Judicial para proceder al pago respectivo.
La especialista en familia señaló que el demandado puede alegar que la deuda fue por el bienestar de la familia, pero de no ser así se deberá probar que fue por ejemplo para el ejercicio profesional de la otra persona.
“Si se acredita que el préstamo tuvo otro destino, que no fue familiar, se convertirá en una deuda que debe pagarse”, manifestó en la secuencia Familia y Justicia.
En este sentido, sostuvo que debemos tomar en cuenta que cuando nos divorciamos no solo liquidamos los bienes sino también las deudas.
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