Gloria Faustor, Defensora Pública de Asistencia Legal del Ministerio de Justicia, dio a conocer qué hacer si no se cumple con el pago de pensión por alimentos.
En la secuencia Familia y Justicia, la doctora Gloria Faustor, Defensora Pública de Asistencia Legal del Ministerio de Justicia, sostuvo que es importante iniciar el proceso de demanda por alimentos no solamente por la vía civil sino seguir hasta llegar a la vía legal para lograr el cobro de la pensión alimenticia.
La especialista precisó que otro procedimiento recomendable es solicitar el impedimento de salida del país porque muchas veces el deudor o deudora para obstaculizar el proceso de va del país por lo que se debe actuar rápido.
Faustor, recordó que hay convenios con algunos países a través de los cuales se puede extraditar al deudor o deudora alimentaria, pero es complejo y toma su tiempo.
“Cuando los deudores se encuentran en el extranjero y no se inició la demanda por alimentos sí se puede efectuar a pesar de que el padre o la madre ya no esté en el país siempre y cuando tengamos conocimiento de donde está residiendo”, anotó la doctora Gloria Faustor en la secuencia Familia y Justicia.
Manifestó que si tenemos la dirección exacta donde vive el deudor en el extranjero lo que se hará será solicitar al juez que, mediante un exhorto internacional, en caso de ser peruano, le notifique la demanda.
Añadió que en caso de ser un ciudadano extranjero que se fue del país tiene que ser a través de una demanda rogatoria para que el juez peruano envíe la notificación al juez extranjero para efectos de solicitar la pensión por alimentos.
La Defensora Pública de Asistencia Legal del Ministerio de Justicia, aclaró que el hecho de que el progenitor no tenga un trabajo estable no lo limita para que no cumpla con su obligación de pasar la pensión por alimentos para sus hijos.
“Esta situación no limita a que los jueces resuelvan el caso a favor de los menores a pesar de que el padre o la madre no tenga trabajo o sea un trabajador informal”, dijo en RPP.
También explicó que para interponer la demanda por alimentos se debe presentar la partida de nacimiento del niño o niña, la copia del DNI de la madre, documentos de gastos del niño que serán entregados ante el Juzgado de Paz que correrá traslado al demandado para luego convocar a una audiencia donde se dictará sentencia.
Finalmente, indicó que es el Poder Judicial es la institución que realiza el cálculo de la pensión que le adjudicará al hijo a través del propio especialista que maneja el expediente o por intermedio del Departamento de Pericias Contables del Poder Judicial.
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