Ministro Luis Alfonso Adrianzén se refirió a la medida adoptada por la Municipalidad de Surco de prohibir a los limpiadores ambulantes de parabrisas en su jurisdicción.
Luis Alfonso Adrianzén, ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, se refirió a la disposición de la Municipalidad de Santiago de Surco de prohibir la actividad ambulatoria del lavado de parabrisas y de vehículos en la vía pública de su jurisdicción.
Al respecto, el titular de Trabajo pidió evaluar el contexto social al considerar que no todas las personas que trabajan en la calle cometen actos delictivos.
"Nosotros desde la perspectiva del Ministerio de Trabajo tenemos que añadir el punto del contexto social y económico que viven muchos peruanos y peruanas, pero también migrantes que no obtienen un empleo decente, un empleo formal y tienen que ir a las calles para 'recursearse' a través de un oficio", señaló en diálogo con Ampliación de Noticias de RPP.
En ese sentido, pidió contextualizar un problema que requiere de un análisis "mucho más serio", aunque sin dejar de atender la preocupación de los ciudadanos por la seguridad en las calles.
"Además de lo que es el reclamo ciudadano y entendible de mayor seguridad, no todas las personas que están en las calles haciendo un trabajo informal son potenciales asesinos, pero sí es comprensible de que el ciudadano reclame seguridad", dijo.
Como se sabe, el pasado 6 de abril el taxista Jean Marco Caro Núñez fue asesinado de una puñalada en el pecho a manos del ciudadanos venezolano José Alberto Jirón Holder.
El hecho se produjo durante una pelea que se originó cuando el taxista evitó que Jirón Holder le limpie las lunas de su vehículo.
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Surco oficializó prohibición del servicio ambulatorio del lavado de parabrisas
La Municipalidad de Santiago de Surco, a través del decreto de alcaldía Nº 08-2023-MSS publicado en el diario oficial El Peruano, anunció la prohibición de la "actividad ambulatoria del lavado de parabrisas y otros en la vía pública" de dicho distrito.
La medida señala que se sancionará a los propietarios que realicen o permitan a terceros el lavado de sus vehículos en las calles de Surco.
Según el cuadro de infracciones, será considerado como falta grave "realizar actividades comerciales en la vía pública sin autorización municipal" (limpiadores de parabrisas y lavadores de vehículos) y tendrá una multa del 35% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a S/1732.50.
Mientras que "al propietario por realizar o permitir a terceros que se realice el lavado de su vehículo en la vía pública", se considerará como falta leve y tendrá una multa del 10% de una UIT, es decir S/495.
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