La comuna de Miraflores exigiría a los heladeros y creadores de contenido contar con autorizaciones municipales para que puedan desarrollar sus actividades económicas.
El Indecopi inició una investigación de oficio a la Municipalidad de Miraflores ante las constantes denuncias que señalan que impone medidas que afectarían la actividad económica de heladeros, creadores de contenido y repartidores de volantes, las cuales “podrían constituir posibles barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad”.
Medios periodísticos dieron cuenta que la comuna distrital exige a los heladeros contar con autorización municipal para realizar su actividad de comercio ambulatorio, un requerimiento similar para los creadores de contenido que quieran realizar grabaciones en la vía pública.
El municipio que lidera el alcalde Carlos Canales Anchorena también prohibió la actividad de volanteo.
Por estas razones, la Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) solicitó información a la Municipalidad de Miraflores con la finalidad de evaluar el sustento de la legalidad y razonabilidad de las medidas impuestas.
De qué se trata cuando se habla de barrera burocrática
El Indecopi recordó a los funcionarios, servidores públicos y al público en general que la Ley N.°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, ha determinado que las municipalidades distritales deben cumplir su labor de regular y fiscalizar el comercio ambulatorio y anuncios publicitarios en sus distritos, con sujeción a las normas establecidas por la municipalidad provincial.
“Todas las entidades de la administración pública se sujetan al principio de legalidad establecido en la Ley N.°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, según el cual sus actuaciones deben respetar la Constitución, la ley y al derecho”, indicó.
Pero qué es una barrera burocrática. Según el Indecopi, es toda exigencia, requisito, limitación, prohibición o cobro que imponga cualquier entidad, dirigido a condicionar, restringir u obstaculizar el acceso o permanencia de los agentes económicos en el mercado, o que puedan afectar a la ciudadanía en la tramitación de procedimientos administrativos sujetos a las normas y principios que garantizan la simplificación administrativa.
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