En casos de que los padres no acepten su paternidad, el juez los obligará a correr con los gastos de la prueba de ADN en un máximo de 10 días para él, la madre y el hijo.
En la secuencia Familia y Justicia la abogada de familia Janet Biaggi, sostuvo que la madre de un niño cuyo padre no quiera reconocer a su hijo debe interponer una demanda ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito donde ella vive o el padre resida para que el juez sea el encargado de este proceso especial expeditivo que será más corto que otros.
La especialista indicó que la madre deberá acudir al Poder Judicial e iniciar la demanda de filiación extramatrimonial y en el mismo trámite solicitar la pensión de alimentos para que dentro de este proceso judicial se resuelvan ambos pedidos con la finalidad de que el menor no sea vea afectado en su derecho a la identidad y alimentario.
En RPP, la abogada Biaggi señaló que lamentablemente en la gran mayoría de casos los padres no aceptan su paternidad y entonces el juez los obligará a correr con los gastos de la prueba de ADN en un máximo de 10 días para él, la madre y el hijo.
“Si pasan los 10 días y el padre no contesta la demanda la norma faculta al juez a emitir una sentencia donde se le considerará como el padre”, advirtió en el espacio Familia y Justicia.
También recordó que los alimentos se deben otorgar a los hijos hasta que cumpla 28 años siempre y cuando tengan estudios superiores con éxito, pero en caso el hijo tenga una discapacidad física o mental si existe la obligación de que reciba pensión alimentaria de por vida.
Añadió que en caso el padre o la madre ya hayan fallecido uno de los progenitores puede demandar por alimentos o conciliar con la familia para que asistan al hijo así sea mayor de edad.
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