Manuel Burga "participó en una serie de sobornos y aceptó beneficios pecuniarios indebidos", según la FIFA, por lo que tendrá que pagar una multa de más de 4 millones de soles.
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Manuel Burga Seoane, expresidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), fue sancionado por el Órgano de Decisión de la Comisión de Ética de la FIFA, según dio a conocer este martes el ente rector del fútbol mundial.
Manuel Burga estuvo al frente de la FPF entre los años 2002 y 2014, además de también haber sido miembro del Comité Ejecutivo de la CONMEBOL y de la Comisión de Desarrollo de la FIFA.
Burga Seoane fue castigado de por vida, “por lo que no podrá participar en ningún tipo de actividad relacionada con el fútbol”, apuntó el organismo sobre el caso del abogado peruano. Asimismo, se detalla la orden de pago de una multa de un millón de francos suizos (4 millones 160 mil soles aproximadamente).
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Manuel Burga, expresidente de la FPF
Manuel Burga, de 65 años, sucedió en el 2022 a Nicolás Delfino como presidente de la FPF, tras antes asumir la vicepresidencia de la institución. Fue reelecto en su cargo en el 2007 y 2010.
De acuerdo detalló el organismo de la FIFA, se confirmó que Burga “ha participado en una serie de sobornos y ha aceptado beneficios pecuniarios indebidos”.
“Tras celebrar una vista y llevar a cabo un minucioso análisis de las pruebas aportadas ante el órgano de decisión, así como de las recopiladas durante las investigaciones que dirigió el órgano de instrucción en los procedimientos correspondientes, el órgano de decisión confirmó que Manuel Francisco Antonio Burga Seoane había infringido los siguientes artículos del Código de Ética de la FIFA (edición 2012): art. 13 (Reglas generales de conducta), art. 15 (Lealtad), art. 19 (Conflicto de intereses), art. 20 (Aceptación y ofrecimiento de obsequios y otros beneficios) y art. 21 (Cohecho y corrupción)”, menciona el Comité de Ética de FIFA a través de un comunicado.
Esta sanción sobre Manuel Burga sucede a la decisión impuesta por el órgano de decisión en julio de 2019 que el TAS anuló posteriormente y remitió al Órgano de Decisión de la Comisión de Ética independiente.
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