SBS disuelve cuatro cooperativas, ¿por qué razones?

De acuerdo con la SBS, actualmente los usuarios de las cooperativas no cuentan con Fondo de Seguro de Depósitos. | Fuente: Andina

Conoce los motivos por los que las cooperativas Alto Selva Alegre, Jesús Obrero, Integrar y Finanzas Mypes Perú dejarán de operar.

Esta semana la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) anunció la disolución de cuatro cooperativas de ahorro y crédito y les asignó administradores temporales.

Las cooperativas disueltas son Alto Selva Alegre, Jesús Obrero, Integrar y Finanzas Mypes Perú Ltda. Pero ¿por qué razones la SBS declarada su disolución?

En el caso de la cooperativa Alto Selva Alegre, la Resolución SBS N° 01051-2023, indica que no cumplió con remitir sus estados financieros correspondientes a los periodos de septiembre y diciembre del 2022.

Sobre la cooperativa Jesús Obrero, la Resolución SBS N° 01052-2023 señala que la cooperativa está incursa en la causal de inactividad pues no entregó sus estados financierso de marzo, junio, septiembre y diciembre del 2022. Ante esto, la cooperativa dejará de ser sujeto de crédito.

La cooperativa Integrar, según la Resolución SBS N° 01053-2023, también esta incursa en la causal de inactividad pues no ha remitido sus estados financieros de marzo, junio, septiembre y diciembre del 2022.

Por su parte, la Resolución SBS N° 01054-2023 también señala que la cooperativa Finanzas Mypes Perú Ltda está en la causal de inactividad pues no remitió sus estados financieros correspondientes a los periodos de marzo, junio, septiembre y diciembre.

En todos los casos se indica que las cooperativas dejarán de ser sujeto de crédito, y quedan prohibidas de lo siguiente:

  • Iniciar procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo.
  • Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
  • Constituir gravámenes sobre alguno de los bienes en garantía de las obligaciones que le conciernen.
  • Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de ella, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros.
  • Constituir medida cautelar contra sus bienes

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