Exoneración del IGV a alimentos: ¿Qué plantea el Ministerio de Economía?

Los productos que serían exonerados del IGV serían el pollo. los huevos de gallina, el azúcar, las pastas sin cocer y el pan. | Fuente: Andina

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) envió una nueva propuesta de exoneración del IGV a alimentos básicos, para que sea discutiva en el Congreso.

La semana pasada el Congreso dio luz verde al texto sustitutorio de un proyecto que buscaba exonerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) a los alimentos de primera necesidad, pero tras unos días se reportó que el texto aprobado incluye varios problemas.

Una de las principales polémicas se debe a que el proyecto aprobado incluye la exoneración del pago de IGV a carnes como el lomo fino de res, el ganso, o el faisán. Por ello, el Gobierno observó la iniciativa legislativa.

Ahora el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha enviado una nueva propuesta a la presidenta del Parlamento, María del Carmen Alva, para que sea discutida en el Congreso.

La propuesta remitida al Poder Legislativo indica que los productos que deberían ser exonerados del IGV son el pollo, los huevos de gallina, el azúcar, las pastas sin cocer y el pan.

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En el texto enviado se indica que la exoneración del IGV se daría hasta el 31 de julio del 2022 y ya no hasta diciembre 2022, como fue planteado en el proyecto aprobado por el Congreso.

También indican que los contribuyentes que comercialicen los productos que serán exonerados del IGV podrán aplicar como crédito fiscal el impuesto correspondiente a las adquisiciones y/o importaciones de los principales insumos requeridos en el proceso productivo de los bienes exonerados, los cuales serán determinados mediante decreto supremo refrendado por el titular del MEF, Oscar Graham.

En el proyecto observado se indicaba que el crédito fiscal generado por las materias primas e insumos y otros productos o servicios utilizados en el proceso productivo, sean importados o nacionales, de los bienes señalados podría ser usado para todas las operaciones gravadas con IGV.

Si el proyecto enviado por el MEF es aprobado por el Congreso las normas reglamentarias para la aplicación de la medida tendrán que ser establecidas 15 días después de la emisión de la norma.

Además, se indica que Indecopi será quien se encargue del monitoreo de los precios de venta al consumidor final.

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