La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) advirtió que el uso del barbijo se regirá de acuerdo con la cantidad de CO2 en el lugar de trabajo.
Aunque el Estado autorizó el uso voluntario de la mascarilla a través del decreto supremo n.° 013-2022-PCM, esto no ocurrirá en los centros de trabajo. Según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral el barbijo será utilizado si las condiciones laborales no aseguran la reducción del riesgo de contagio.
A través de una carta, el órgano fiscalizador refirió que “eliminación del uso de mascarillas en el centro laboral estaría limitada a los resultados de CO2 en el lugar de trabajo, el distanciamiento y las capacitaciones sobre la materia en los trabajadores”.
Esto significa que el uso de la mascarilla solo será voluntario cuando el centro de labores acredite un nivel aceptable del CO2; además, la infraestructura debe tener la ventilación adecuada, de lo contrario el empleador podría ser multado.
Christa Caro, asociada del Estudio Amprimo, refirió a Gestión que los empleadores cuentan con un certificado de medición de CO2 para acreditar las condiciones salubres de sus instalaciones; por lo que no tendrían la necesidad de acreditar el cumplimiento de otra manera
Aunque Germán Lora, socio del estudio Damma, advirtió que la evaluación de la calidad de aire en el centro de labores deberá ser necesario; sin embargo, hay posibilidad de que las pequeñas empresas no tengan la capacidad suficiente para regular esto.
Con la disposición de Sunafil, los expertos en derechos laborales han criticado esta postura, toda vez que no existe prueba ni método para garantizar una reducida emisión de CO2, incluso ni los espacios abiertos dan esta confianza.
Además, recordaron que el decreto supremo 016-2022-PCM, solo exige un ambiente ventilado como único requisito para no utilizar las mascarilla.
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