Estas son las multas para colegios que obstaculizan la enseñanza de personas con discapacidad

Tienen derecho al acceso libre da la educación. | Fuente: Andina

Indecopi podría aplicar multas de hasta 450 UIT, mientras que Conadis sanciona con 12 hasta 15 UIT, advirtieron instituciones.

Los colegios tienen la obligación de aceptar alumnos con alguna discapacidad leve o moderada, recordó el Indecopi a pocas semanas de iniciar el Año Escolar 2023.

Según precisó la Dirección de Fiscalización de Indecopi, deben reservar para estos estudiantes al menos dos vacantes por cada aula. Aquellos centros privados que no cumplan con estas obligaciones, estarían infringiendo los derechos de los consumidores y, en consecuencia, serían sancionados con hasta 450 UIT, es decir, S/ 2,227,500.

Por su parte, El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) recordó que según la Ley General de la Persona con Discapacidad, ninguna institución educativa pública o privada puede negar o restringir el acceso o permanencia de una persona por motivos de discapacidad.

En caso de incumplimiento, al tratarse de una infracción muy grave, el Conadis puede aplicar sanciones imponiendo multas que van de 12 a 15 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/ 74 250.

“No se puede exigir a los padres de familia pagar por profesores adicionales para que den atención o soporte a sus hijos con discapacidad. Es responsabilidad de los colegios proveer todos estos aspectos y velar por una educación de calidad que implique contar con todas las metodologías de enseñanza acorde al contexto actual, capacitación a sus docentes y adecuación de sus espacios”, manifestó Víctor Hugo Vargas, director de Fiscalización y Sanciones (DFS) del CONADIS.

El funcionario precisó que se han detectado prácticas como la negación de matrícula o la exigencia de cobros adicionales, las cuales deben ser erradicadas porque representan barreras que limitan el acceso a una educación de calidad para las personas con discapacidad, porque los discrimina y excluye del sistema educativo.

Además, los promotores educativos deben velar por la permanencia del estudiante, la misma que se verá reflejada en cuanto se garantice la accesibilidad física, así como el suministro de materiales alternativos de comunicación, como libretas en sistema braille, contenido en lengua de señas, entre otros, que le permita desarrollar su potencial.

En el 2022, CONADIS fiscalizó a 120 instituciones educativas a nivel nacional, de las cuales 63 eran de Educación Básica Regular. En estas últimas, se evidenció deficiencias en accesibilidad que afectaban la prestación del servicio educativo a las personas con discapacidad.

 

Según cifras de UNICEF, el 40% de las niñas, niños y adolescentes con discapacidad culmina satisfactoriamente el nivel primario; y, apenas el 22%, completa sus estudios secundarios. Por ello, es necesario que se garantice una real educación inclusiva, sin que esto implique un requerimiento extra no previsto en la normativa vigente.

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