La extracción de madera y la minería ilegal son dos de las actividades económicas con mayor presencia en los casos de trabajo forzoso estudiados en nuestra selva.
Considerado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) como un delito que atenta contra la dignidad humana y vulnera la libertad de trabajo, el trabajo forzoso es definido como toda actividad o servicio que se le exige a una persona bajo amenazas y en contra de su voluntad.
Y, aunque la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ha advertido que en América Latina los pueblos indígenas son los más afectados por estas prácticas, las investigaciones sobre este crimen en nuestra Amazonía son todavía insuficientes y no se encuentran actualizadas.
Así lo indica Luis Enrique Aguilar, director de políticas y estrategias de CHS Alternativo, quien explicó a RPP las modalidades más comunes de reclutamiento y captación de este delito, las principales actividades económicas que involucra y las medidas preventivas que deben adoptarse para frenarlo.
Círculo de deudas y servidumbre
Según el MTPE, la extracción de madera es una de las actividades económicas con mayor presencia en los casos de trabajo forzoso estudiados en la Amazonía. La existencia de maderas finas como la caoba y el cedro en estos lugares suele provocar la invasión de madereros no autorizados, afirma la OIT.
Este escenario genera la denominada servidumbre por deudas, donde a las comunidades indígenas se les contrata bajo engaños para proporcionar madera de sus propias tierras. A cambio, estas reciben dinero, alimentos u otros artículos que se les adelantan con la condición de que los miembros de la comunidad entreguen madera.
Sobre esta recurrente modalidad, Aguilar explica: “A las víctimas se les facilita el dinero para realizar la actividad y luego les compran la madera que producen, pero no siempre les compran toda la madera. Por tanto, se genera un endeudamiento que hace que la persona quede enganchada y termine en una relación de trabajo forzoso”.
Esta situación se replica en la minería ilegal -otra de las actividades con mayor presencia de trabajo forzoso- con la diferencia de que existe un reclutamiento con ofertas laborales engañosas, donde se ofrece comida, alojamiento y otros servicios, a través de los cuales el explotador genera una falsa deuda. De esta forma, mantienen atadas a las víctimas a la actividad, explica el experto.
Más sentencias y menor impunidad
A partir de un estudio del 2005 de la OIT sobre el trabajo forzoso en la selva peruana, se determinó que en la medida en que los recursos naturales se van agotando, la industria maderera rápidamente se traslada hacia otras regiones vírgenes, donde toman contacto con grupos indígenas aislados y perjudican gravemente a esta población.
De acuerdo con el mencionado estudio, se calcula que entre el 50% y 60% del pueblo Nahua ha muerto como resultado de esta interacción. Aguilar remarca que esta dinámica de movilización se mantiene. Por ejemplo, sostiene que la operación Mercurio 2019, la cual tuvo como fin erradicar la minería ilegal en La Pampa en Madre de Dios, no logró la desaparición de la actividad, sino que provocó que esta sea trasladada a otras zonas dentro de la reserva.
¿Qué medidas adoptar para combatir el trabajo forzoso? El especialista considera que son tres las perspectivas a desarrollar. La primera consiste en medir los resultados de las intervenciones realizadas en lugar de enfocarse únicamente en cumplir con el número fijado en la meta. Sugiere que las acciones a largo plazo deben trabajarse junto a las inmediatas.
Como segunda medida plantea una respuesta jurídica más estricta: “Mientras que el explotador sienta que vive y desarrolla sus actividades en la impunidad, simplemente va a seguir realizando la actividad. Tienen que cambiar los incentivos para que dejen de hacerlo, y para ello tienen que haber más sentencias, más condenas y más cárcel para aquellas personas que cometan este delito”.
Siguiendo esta línea, Aguilar considera finalmente que los servicios para combatir el trabajo forzoso del Estado necesitan de competencias explícitas para atender y enfrentar este crimen, pues de los 42 servicios identificados por CHS Alternativo, solamente seis contaban con facultades para intervenir directamente en este delito. Se trata de acciones que implican un cambio normativo, pero que resultan urgentes para frenar esta modalidad de esclavitud moderna, finaliza.
Si se conoce o está en una situación de trabajo forzoso, puede denunciar a la Línea 1818 del Ministerio del Interior, la comisaría o cualquier fiscalía a nivel nacional, así como a la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL). La atención es gratuita, segura y confidencial.
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